Declaración de valores cuando ingresan al pais

DECLARACIÓN DE VALORES

Nombre del Trámite/Servicio: Declaración de Valores

¿Qué es?:

Toda persona (física o jurídica) no sujeta al control del Banco Central del Uruguay, que transporte dinero en efectivo, metales preciosos u otros instrumentos monetarios a través de la frontera por un monto superior a 10.000 dólares americanos o su equivalente deberá declararlo ante la Dirección Nacional de Aduanas

¿De quién depende?:

Ministerio de Economía y Finanzas Dirección Nacional de Aduanas.

¿Dónde y cuándo se realiza el trámite/servicios?:

En las Administraciones de Aduana de ingreso o egreso, previo a su ingreso o egreso al país.

¿Qué necesita para realizarlo? (Requisitos):

 En el caso de equipaje acompañado se deberá: Completar la Declaración Jurada de Equipaje Acompañado:

1.

2. 3.

Las Administraciones de Aduana de Montevideo y Carrasco entregarán el formulario a las Agencias marítimas, aéreas o terrestres de transporte de pasajeros a los efectos de ser distribuidas entre los mismos.

En las Administraciones de Aduana del interior será solicitado por los pasajeros en oportunidad de su entrada o salida.

En el caso de equipaje no acompañado: Deberá ser declarado en las guías o documentación de carga correspondiente.

¿Cómo realizarlo?:

Es responsabilidad del pasajero la declaración de los valores, se deberá completar el formulario correspondiente, y entregarlo al funcionario aduanero.

Forma de solicitud (Acceso):

El formulario de “Declaración Jurada de Equipaje Acompañado” será distribuido por agentes designados y/o solicitado por los pasajeros a los funcionarios aduaneros de las aduanas de paso.

Costo: No tiene.
Duración/entrega: Previo al control aduanero. Otros datos de interés:

El incumplimiento determinará la aplicación de una multa.

Se considera Incumplimiento: La omisión de declarar o por falta de fidelidad en la declaración.

Asimismo se dará cuenta inmediatamente a la Justicia Penal, a efectos del establecimiento de medidas cautelares, estándose a lo que esta resuelva.

Información: Web Dirección Nacional de Aduanas.

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